Liquidador de Vacaciones
Calcula cuánto se debe pagar por vacaciones disfrutadas o compensadas en dinero, con la fórmula oficial del Código Sustantivo del Trabajo.
Para un trabajador que va a salir de vacaciones: cuánto se le debe pagar por los días de descanso.
Usa el salario ordinario actual del trabajador.
Es menor al SMMLV 2026. Presiona Tab para completarlo.
SMMLV 2026: $ 1.750.905
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Este comprobante es informativo, calculado según los artículos 186 a 192 del Código Sustantivo del Trabajo vigentes a 2026. No reemplaza un desprendible de nómina oficial.
Generado con tecnología Dataico
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Gratis · Sin registroCon este comprobante tienes el desglose completo de la liquidación, listo para archivar o compartir con tu empleador o tu contador.
Cómo liquidar las vacaciones
en tres pasos
No necesitas saberte de memoria el Código Sustantivo del Trabajo. Tres pasos y tienes el valor exacto, con la norma que lo respalda.
Elige qué necesitas
¿El empleado se va a descansar, o hay que pagarle vacaciones en dinero? Cada caso vive en su propia pestaña, con su propia fórmula legal.
Ingresa los datos
Salario, días y fechas. La herramienta valida que no estés por debajo del SMMLV y convierte los días en pesos por ti.
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Un documento tamaño carta, con el desglose completo y la nota legal que respalda cada cifra.
Todo sobre las vacaciones laborales en Colombia
Cuántos días son según el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo, cuándo procede la compensación en dinero y qué sale mal cuando se liquidan a ojo.
Actualizado 2026 · Fuentes: Código Sustantivo del Trabajo, arts. 186 a 192
Lo que sale mal cuando se calcula a ojo
Tres formas comunes de pagar mal unas vacaciones en Colombia — y por qué esta calculadora las evita.
Pasa el cursor o toca la tarjeta para ver por qué pasa
Confundir vigente con terminado
Pagar el 100% con el contrato todavía activo (o solo la mitad al liquidar a quien se retira) es de los errores más comunes — y de los que más reclamos generan.
Perder el rastro de la prescripción
Sin un registro claro por empleado, es fácil dejar pasar los ~4 años efectivos sin liquidar unos días — y perder la oportunidad de pagarlos a tiempo.
Usar el salario equivocado
Con salario variable, tomar el último pago en vez del promedio del año anterior cambia el resultado — y no cumple con el Art. 192 CST.
¿No sabes cuál pestaña usar?
Si el trabajador va a descansar, usa Vacaciones disfrutadas. Si necesitas pagarle en dinero — con el contrato vigente o ya terminado —, usa Vacaciones compensadas.
Lo esencial, en cuatro preguntas
Las cuatro dudas que aparecen en casi toda liquidación de vacaciones, con su artículo de respaldo.
¿Cuántos días me corresponden?
Todo trabajador tiene derecho a 15 días hábiles remunerados por cada año de servicio — aplica igual para contratos fijos, indefinidos y servicio doméstico. Domingos y festivos no cuentan.
¿Quién decide la fecha?
La decide el empleador, pero debe avisarte con al menos 15 días de anticipación. Puedes pedir otra fecha, pero la decisión final sigue siendo suya, salvo acuerdo distinto.
¿Qué salario se usa?
El salario ordinario vigente al momento del cálculo. Auxilio de transporte, horas extra y recargos, nunca entran — la base de vacaciones es más restringida que la de otras prestaciones. Las cesantías se calculan aparte, con la calculadora de cesantías.
¿Y si gano integral?
No. A diferencia de otras prestaciones, las vacaciones nunca están en el 30% adicional del salario integral — se pagan aparte, sobre el 100% del salario.
Disfrutar o cobrar:
no son lo mismo ante la ley
La regla general es que las vacaciones se descansan. Convertirlas en dinero es la excepción, y solo bajo condiciones muy concretas (Art. 189 CST).
Disfrutarlas
La regla general- Son 15 días hábiles por año trabajado.
- Mínimo 6 días continuos deben tomarse cada año.
- Se pagan al iniciar el descanso, con el salario ordinario.
- Si te incapacitas, se suspenden y se reanudan después.
Compensarlas en dinero
La excepción- Con el contrato vigente: máximo la mitad de los días.
- Requiere solicitud escrita del trabajador y visto bueno del empleador.
- Al terminar el contrato: se paga el 100% de lo causado y no disfrutado.
- Se calcula proporcional al tiempo trabajado, incluso en contratos cortos.
Las vacaciones no son un favor:
son un derecho irrenunciable
Esta calculadora cubre los casos más comunes. Pero cada nómina tiene sus propias variaciones — turnos, novedades, tipos de contrato distintos — y ahí es donde Dataico Nómina liquida por ti, con cada variación de tu equipo bien calculada, sin que tengas que revisarla a mano.
Casos que generan más dudas
¿Por qué usar nuestro liquidador?
Dos casos
Disfrutadas o compensadas en dinero.
Con la norma
Cada cifra con su artículo del CST.
Comprobante en PDF
Tamaño carta, listo para firmar.
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